
Podríamos haber puesto una foto de algún directivo de Moeve en Abu Dhabi, de donde es la propiedad real de la exPetrocan pero hemos optado por una foto del 20 de agosto de 1938, cuando fue el último embarco de reemplazo a la Península en la Guerra Civil en homenaje a las víctimas del fascismo. El régimen de tenencia del suelo industrial y las infraestructuras de suministro energético en los puertos españoles continúa condicionado por títulos jurídicos otorgados durante el siglo pasado.
La Autoridad Portuaria de Las Palmas ha iniciado el trámite de información pública para la modificación sustancial de la concesión de dominio público que explota la compañía Moeve Terminals Canarias, S.A.U. en las Áreas Funcionales 7 y 8 del recinto. La solicitud persigue una prórroga extraordinaria del plazo concesional al amparo de la legislación portuaria vigente, afectando a unas instalaciones críticas de almacenamiento y canalización de combustibles cuya vigencia original se remonta a una Orden Ministerial firmada el 30 de junio de 1938, en plena Guerra Civil española.
Concesión fascista
La pervivencia de autorizaciones administrativas nacidas durante el conflicto bélico de 1938, ampliadas posteriormente mediante otra orden en febrero de 1950, ilustra la rigidez del sistema de ocupación del litoral en los nodos logísticos estratégicos. Moeve Terminals Canarias, anteriormente operada bajo otras denominaciones del sector del refino y los hidrocarburos, pretende blindar su posición operativa en el Puerto de Las Palmas acogiéndose al artículo 82.2 b) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Este mecanismo legal permite estirar la vida útil de los derechos de ocupación a cambio de inversiones o compromisos de mantenimiento de la actividad, en un momento donde el puerto grancanario compite agresivamente con las terminales de la costa occidental africana por el mercado del bunkering.
El procedimiento de modificación sustancial, supervisado por el director de la institución portuaria, Francisco Trujillo, ha abierto un plazo de veinte días hábiles para la presentación de alegaciones por parte de terceros afectados. Las instalaciones afectadas sostienen el tejido de suministro de combustible a buques en una de las rutas marítimas con mayor densidad de tráfico del Atlántico. La obligatoriedad de someter a exposición pública estos títulos históricos evidencia la complejidad de adaptar infraestructuras energéticas de origen preconstitucional a las exigencias regulatorias, medioambientales y de competencia del mercado marítimo contemporáneo.










