El ente público Puertos Canarios ha emitido una aclaración de calado técnico y jurídico tras la difusión de la sentencia 398/2026 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) respecto al Puerto Deportivo de Puerto Rico.
La aclaración del ente público apela a la lealtad institucional con el Ayuntamiento de Mogán para evitar trasladar el debate concesional al terreno de la confrontación política. Puertos Canarios ha recordado que las decisiones estratégicas sobre el dominio público portuario de titularidad autonómica corresponden formalmente a su Consejo de Administración, órgano colegiado en el que está integrada la propia alcaldía moganera.
El organismo regional ha reiterado su disposición a colaborar con la corporación local en el desarrollo de la franja marítimo-terrestre del municipio, garantizando que el tratamiento de las concesiones náuticas de la comarca sur se resolverá conforme al marco regulatorio autonómico y bajo el estricto cumplimiento de las resoluciones dictadas por los tribunales de justicia.
La entidad del Gobierno autonómico ha precisado que la resolución judicial no concede prórroga alguna a la concesionaria Puerto Rico S.A., ni prejuzga el expediente del Puerto de Mogán, ni contiene pronunciamientos o reproches disciplinarios contra cargos o empleados públicos del organismo.
El pronunciamiento del TSJC estima parcialmente el recurso presentado por Puertos Canarios en lo relativo a la falta de legitimación activa de la mercantil Gabinete de Enseñanza y Venta S.L.U. para intervenir en el procedimiento, confirmando en lo demás la resolución previa dictada en primera instancia por el juzgado de lo contencioso-administrativo. No obstante, el fallo reconoce el interés institucional del Ayuntamiento de Mogán para intervenir como parte en las actuaciones, dada la incidencia que la gestión de las infraestructuras náuticas del término municipal tiene sobre la ordenación urbanística, la movilidad, el litoral y el tejido económico local.
El régimen de prórrogas y la tramitación de los expedientes concesionales
Puertos Canarios ha recalcado que la solicitud de una prórroga extraordinaria por parte de una entidad concesionaria no genera un derecho automático ni suspende el procedimiento de extinción del título por vencimiento del plazo legalmente establecido. La aplicación de cualquier extensión concesional requiere la verificación estricta de circunstancias técnicas, presupuestarias y procedimentales por parte del órgano competente, sin que la existencia de trámites en curso equivalga a una aprobación tácita o prejuzgue el resultado de los expedientes.
De forma paralela, la entidad pública ha desvinculado plenamente el litigio de Puerto Rico de la situación administrativa del Puerto de Mogán. Desde el ente autonómico se señala que este último expediente se resolverá en su cauce independiente con audiencia a las partes interesadas, valoración de los informes técnicos y sometimiento a los principios de legalidad y tutela del interés público demanial.










