El BOE ha anunciado este martes que la Coordinadora Estatal de Trabajadores de los Puertos (CETP) ha completado de forma oficial la modificación integral de su normativa interna tras la validación administrativa del expediente presentado por la organización sindical. El proceso de actualización estatutaria, impulsado a instancias de la representación sectorial, ratifica los acuerdos adoptados por unanimidad durante el congreso federal celebrado por la organización, introduciendo cambios de calado en la arquitectura jurídica, el régimen de artículos y la fijación del domicilio social de la federación.
El proceso de modificación estatutaria y el refrendo de la nueva estructura organizativa aparecen avalados por la cúpula territorial de la organización portuaria. El acta congresual fue suscrita por el coordinador general, Miguel Ángel Hormigo Morillo, junto a los máximos responsables de las demarcaciones estratégicas del litoral: José Juan Zamorano Pérez al frente de la Zona Canaria, Jonatan Granado Gutiérrez en la Zona Norte —quien asumió la tramitación formal de la modificación—, Juan Carlos Murcia González en el ámbito Catalán-Balear y Roberto Jarque Marín como representante de la Zona Levante.
La revisión normativa aprobada por la organización portuaria abarca una profunda transformación de su texto fundacional. El cónclave sindical, celebrado los días 4 y 5 de junio de 2025, acordó la inclusión de un nuevo artículo 4, la modificación de veinte artículos nucleares —del 1 al 20— y la actualización íntegra de sus disposiciones adicionales primera, segunda y tercera. Como consecuencia técnica de esta reestructuración, la organización ha procedido a una completa reenumeración del articulado a partir del cuarto precepto, adaptando el marco operativo a la realidad actual de los muelles y terminales del litoral español.
El expediente de modificación, tramitado bajo el número de registro 99005742 (heredero de la anterior numeración 8720), ha verificado el cumplimiento estricto de los requisitos exigidos por la legislación vigente en materia de libertad sindical y depósito normativo de organizaciones laborales. La solicitud formal fue canalizada a través de la representación autorizada de la federación, culminando con la admisión definitiva del texto tras constatar la legalidad de los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno de la entidad conservadora.
Esta distribución territorial refleja el mecanismo específico de los principales enclaves portuarios del país en la toma de decisiones de la federación, consolidando una estructura descentralizada orientada a la negociación colectiva y a la defensa de las condiciones sociolaborales de los trabajadores estibadores y del sector portuario. Con la finalización de los trámites de publicidad registral, el nuevo texto estatutario queda plenamente vigente, cerrando la vía administrativa y abriendo un nuevo ciclo en la gobernanza interna de la organización derechista en muelles estatales.










