
Llega el verano y hay depósito del nuevo convenio colectivo para el personal de tierra de la naviera Boluda Lines, S.A. en la provincia de Las Palmas. El acuerdo regulará las condiciones laborales de la firma marítima con una vigencia temporal que se extiende desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030. El acuerdo incluye cláusulas de blindaje salarial frente a la inflación y cuantifica pluses personales específicos para un grupo selecto de quince trabajadores en activo.
El marco retributivo pactado establece un salario base inicial para el año 2026 segmentado por cualificación profesional. Las categorías de inspector de flota, titulado superior, delegado comercial y jefe de sección percibirán un sueldo base idéntico de 1.949,55 euros distribuidos en 14 mensualidades, lo que incluye el prorrateo de las gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre. En los escalafones administrativos, un jefe de negociado percibirá 1.665,76 euros mensuales; un oficial administrativo o técnico comercial dispondrá de 1.419,00 euros, mientras que los auxiliares y subalternos se situarán en 1.258,71 euros por catorce pagas. A partir de 2027 y hasta 2030, todos los conceptos económicos se indexarán al IPC nacional del año anterior, sumando un incremento fijo adicional del 0,50% exclusivo para el salario base.
La arquitectura del pacto incluye un principio de vinculación a la totalidad y un mecanismo de compensación y absorción que unifica antiguas retribuciones bajo un concepto denominado Plus Personal. Esta garantía de carácter estrictamente individual y no absorbible compensa los conceptos de antigüedad, salario complementario y las pagas extras devengadas en marzo y septiembre bajo el convenio del periodo 2012-2017. El montante global anual asignado a este plus ad personam asciende a 215.793 euros para los quince empleados de la plantilla histórica, destacando asignaciones individuales que van desde los 3.121,02 euros anuales de Carlos Marcial Martín Delgado hasta un techo de 40.431,02 euros anuales asignados al técnico comercial José Rodríguez Martín.
El texto recoge otros beneficios económicos y de previsión social de obligado cumplimiento. Se fija un Plus de Fidelidad de pago único cifrado en 3.261,64 euros, pagadero en el mes en que el trabajador cumpla los 15 años de antigüedad en la compañía, posponiéndose el derecho hasta 2033 para aquellos empleados que ya hubieran liquidado este concepto en la revisión de 2018. En el capítulo de descansos, la empresa abonará anualmente una bolsa de vacaciones bruta de 1.222,62 euros en la nómina de agosto. Asimismo, la naviera se obliga a suscribir una póliza de seguro de vida con coberturas de 35.000 euros para casos de muerte por cualquier causa o incapacidad permanente total, elevándose el capital asegurado hasta los 60.000 euros en los supuestos de fallecimiento por accidente o incapacidad permanente absoluta.
La jornada laboral efectiva queda estipulada en 1.826 horas anuales, equivalentes a 40 horas semanales distribuidas de lunes a viernes con un horario partido de 8:00 a 17:00 horas y una pausa obligatoria de 60 minutos para el almuerzo, reduciéndose la jornada de los viernes hasta las 15:00 horas. El pacto garantiza la exclusividad de la jornada intensiva estival a título personal para Santiago González Pérez, Manuel García Santana y Gerardo Batista Machín. El documento formaliza el marco de relaciones laborales de la Corporación Marítima Boluda en la provincia de Las Palmas, manteniendo en vigor un Plan de Igualdad con un horizonte de cumplimiento fijado para el año 2027.










