
La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife ha procedido a formalizar una decisión estratégica de gran calado para la logística de la provincia. En la sesión celebrada el 26 de marzo de 2026, se aprobó de manera oficial la revisión periódica no predeterminada de las tarifas máximas para la prestación del servicio portuario de remolque: Ajuste del 5,23% en los importes vigentes hasta la fecha. El desplazamiento de un remolcador desde Santa Cruz de Tenerife hacia Santa Cruz de La Palma conlleva un coste adicional de 10.588,51 euros. 1.054,28 euros el coste de la hora de acompañamiento.
Servicios específicos como el empuje o el denominado ‘carnero’ a buques ya atracados, así como la mera puesta a disposición del equipo, pasan a facturarse por tiempo. La normativa no solo regula la fuerza motriz directa, sino que también especifica los costes de operaciones auxiliares esenciales para la navegación segura. El servicio de acompañamiento, donde el remolcador permanece junto al buque sin aplicar tensión constante pero listo para actuar, se factura al 50% de la tarifa máxima correspondiente. Además, para fomentar este tipo de servicios preventivos, los GT atendidos bajo esta modalidad solo computan al 50% para las revisiones futuras de la tarifa aplicable. El precio fijado es de 1.054,28 euros por hora o fracción. Este mismo importe se aplica a los «servicios especiales» definidos en el glosario del pliego, cuya duración habitual se estima en sesenta minutos, computados desde que el remolcador se posiciona al costado del buque hasta que recibe la orden de fin de maniobra.
Uno de los puntos más críticos de la resolución es la regulación de los costes de desplazamiento entre las diferentes islas de la provincia. Dado que la base principal de la flota de remolcadores se encuentra en Santa Cruz de Tenerife, el traslado a puertos periféricos genera costes extraordinarios de combustible y personal.
Desde Santa Cruz de Tenerife: Los traslados a Los Cristianos o San Sebastián de La Gomera tienen un recargo de 5.995,35 euros por trayecto de ida y vuelta. Si el destino es el puerto de La Estaca en El Hierro, el recargo asciende a 10.613,10 euros. La cercanía geográfica de Granadilla con el sur de la isla permite reducir estos recargos a 3.831,73 euros para La Gomera/Los Cristianos y 7.911,79 euros para El Hierro. El desplazamiento de un remolcador desde Santa Cruz de Tenerife hacia Santa Cruz de La Palma conlleva un coste adicional de 10.588,51 euros.
Llega una estructura detallada basada en el arqueo bruto de los buques, conocido técnicamente como Gross Tonnage (GT). La tarifa se compone de una parte fija por maniobra y una parte variable que se calcula por cada unidad de GT. Para el año 2026, se ha dispuesto la aplicación del cuadro de tarifas denominado T+2, el cual refleja el escenario de arqueo acumulado proyectado para el ejercicio.
En el Puerto de Santa Cruz de Tenerife, se observa una diferenciación geográfica clara entre la zona de La Hondura (de carácter industrial y petrolero) y la Zona Comercial o la Dársena de Granadilla. Por ejemplo, un buque de dimensiones reducidas, situado en el tramo de 0 a 1.000 GT, afrontará una parte fija de 603,28 euros en La Hondura, mientras que en la Zona Comercial este importe se reduce a 461,54 euros. A medida que el tamaño del buque aumenta, la progresión de la tarifa es notable para cubrir la necesidad de remolcadores con mayor potencia de tiro a punto fijo (bollard pull).
Para los grandes navíos que superan los 100.000 GT, la parte fija en la zona de La Hondura alcanza los 11.026,61 euros, con un coeficiente variable de 0,37156. En contraste, la misma categoría de buque en la Zona Comercial de la capital o en Granadilla mantiene una parte fija mucho más contenida, de 1.870,76 euros, compensada por una parte variable de 0,15789. Esta estructura busca incentivar la eficiencia en las zonas comerciales mientras asegura la cobertura de riesgos y costes en las terminales de productos refinados y combustibles.










