
La Dirección General de Tributos (a través de la Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea) ha emitido una contestación vinculante que resuelve las dudas del sector del transporte sobre la aplicación de la fiscalidad de los carburantes. El pronunciamiento confirma que las empresas dedicadas al transporte específico de auxilio y rescate en carretera tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, conforme a lo regulado en el artículo 12 bis de la Ley 5/1986.
La consulta, planteada por una asociación empresarial tras la entrada en vigor de las modificaciones de la Ley de Presupuestos Generales de Canarias para 2026, buscaba determinar si las grúas de auxilio y rescate encajan en el concepto de transporte exclusivo de mercancías por carretera por cuenta ajena a efectos del beneficio fiscal del gasóleo o gasolina profesional.
El criterio interpretativo fijado por el organismo tributario autonómico ratifica la devolución parcial siempre que se cumplan las condiciones operativas y administrativas exigidas por la normativa: Los servicios deben prestarle mediante vehículos de motor afectos a la actividad clasificados dentro de las categorías N2 (destinados al transporte de mercancías con MMA superior a 3,5 toneladas e inferior o igual a 12 toneladas) o N3 (MMA superior a 12 toneladas), la actividad debe ejecutarse por cuenta ajena y mediante retribución económica, contando la empresa con la habilitación o autorización administrativa especial regulada en la Ley de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias y los datos de los vehículos y de los titulares deben figurar debidamente registrados en el Censo de Agricultores y Transportistas.
Hacienda aclara explícitamente que la realización de labores de asistencia en vía sin desplazamiento físico del vehículo (como una recarga de batería o un cambio de neumático in situ) no anula ni interrumpe el derecho a la devolución del tributo acumulado en el combustible, al formar parte del conjunto integral del servicio de auxilio-rescate prestado por las grúas autorizadas.










