
Un nuevo conflicto laboral azota la gestión operativa de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en las islas orientales. Y en la isla del presidente de Puertos del Estado, Gustavo Santana, que a este paso no podrá presentarse en Canarias a elecciones algunas en 2027. El CSIF ha denunciado hasta coacciones.
Instrucciones verbales y mandos impuestos sin constancia escrita
Representantes sindicales del colectivo de la Policía Portuaria en el Puerto de Puerto del Rosario han elevado un escrito formal a la cúpula del organismo público para denunciar la imposición de instrucciones verbales que obligan a los agentes a asumir funciones de superior categoría —como Jefes de Equipo y Jefes de Servicio— sin la debida constancia documental ni las garantías retributivas que establece la ley. La denuncia, articulada a través del delegado sindical Fernando Melián, desvela además un clima de tensión marcado por supuestas advertencias de sanciones disciplinarias a quienes soliciten recibir dichas órdenes por escrito.
El escrito de la representación sindical detalla que la Jefatura, a través de los mandos intermedios, está trasladando de forma exclusivamente oral la necesidad de que los agentes rasos asuman responsabilidades que exceden de forma sustancial las competencias de sus puestos de origen. Esta situación se produce en días determinados ante la falta de personal asignado a los puestos de mando en la instalación majorera.
El sindicato exige seguridad jurídica sin oponerse al servicio
Los trabajadores han querido dejar claro desde el primer momento que no se oponen a cumplir con las necesidades del servicio ni a acatar las facultades de dirección y organización de la Autoridad Portuaria. Sin embargo, exigen que la asignación de estas tareas de mayor responsabilidad se formalice por escrito para garantizar la mínima seguridad jurídica y transparencia que exige el marco laboral vigente.
El convenio de Puertos exige justificación y compensación
El conflicto hunde sus raíces en el III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. La normativa que regula el sector estipula de forma taxativa que la movilidad funcional y el desempeño de tareas correspondientes a ocupaciones de categoría superior deben responder a razones técnicas u organizativas estrictamente justificadas. Asimismo, el convenio exige que el desempeño de estos puestos se limite al tiempo imprescindible, garantizando que el personal cumpla con los requisitos de titulación, capacitación y formación exigibles, además de percibir las compensaciones económicas correspondientes a las bandas retributivas superiores.
CSIF señala coacciones y amenazas de expedientes disciplinarios
Sin embargo, el aspecto más grave del escrito radica en las denuncias sobre las formas empleadas por la Jefatura del servicio. Según el sindicato, se han producido manifestaciones por parte de responsables policiales advirtiendo de que cualquier empleado que exprese disconformidad, pida aclaraciones o exija la formalización por escrito de estas órdenes verbales podría enfrentarse a expedientes disciplinarios, sanciones u otras consecuencias negativas en su carrera.
Pedir una orden por escrito no constituye insubordinación
Desde la representación de los trabajadores se tilda de totalmente improcedente que el ejercicio de un derecho legítimo —como es solicitar la constancia escrita de una orden de movilidad funcional— sea respondido con actitudes coercitivas o amenazas de sanción. El escrito subraya que solicitar que una instrucción quede debidamente documentada no constituye en ningún caso un acto de desobediencia o insubordinación laboral, sino un procedimiento elemental para certificar los cometidos asignados y las condiciones de prevención de riesgos y responsabilidad en las que deben desarrollarse.
Petición de transparencia en las funciones encomendadas
Ante esta situación, el colectivo ha solicitado formalmente a la Autoridad Portuaria de Las Palmas que ordene el cese de las instrucciones verbales y proceda a comunicar por escrito cualquier encomienda de funciones de Jefe de Servicio o Jefe de Equipo. En dichas comunicaciones, la empresa deberá precisar las tareas concretas, la banda y nivel correspondiente, la justificación técnica de la medida, el periodo previsto de duración, los requisitos de capacitación exigidos y las diferencias salariales que percibirá el trabajador.
Exigen el cese de las intimidaciones en el muelle majorero
Igualmente, el sindicato ha reclamado a la Autoridad Portuaria que inste a sus mandos intermedios a mantener un trato de estricto respeto profesional, erradicando cualquier tipo de intimidación o advertencia de sanción hacia la plantilla por pedir transparencia administrativa. Las actuaciones disciplinarias, recuerdan desde la representación sindical, deben fundamentarse en hechos objetivos y en el régimen sancionador legalmente aplicable, y no utilizarse como una herramienta para amedrentar a los agentes que exigen el cumplimiento del convenio colectivo en los muelles de Fuerteventura.










