
El presidente del Cabildo de Gran Canaria, Antonio Morales, confirmó este jueves que ha solicitado formalmente al Gobierno de España que analice, supervise y, si procede, condicione o incluso desautorice la operación por la que la empresa pública marroquí Marsa Maroc pretende adquirir el 45% del capital de Boluda Corporación Marítima, una información adelantada por Canarymaritime en pasado mes de diciembre justo en el primer día de lanzamiento de este diario.
La operación permitiría al operador norteafricano, controlado mayoritariamente por el Estado de Marruecos, participar en el negocio de la gestión de servicios y logística en hasta nueve enclaves estratégicos situados tanto en la Península como en Canarias, algunos de ellos localizados en recintos portuarios de titularidad pública y explotados en régimen de concesión administrativa.
Esta circunstancia, a juicio del presidente insular, obliga a extremar los mecanismos de control previstos en la legislación española sobre inversiones extranjeras directas máxime cuando procede de capital estatal. La operación del 45% se ha valorado en 80 millones de euros, es decir, que el valor que Boluda le ha puesto al negocio de sus terminales canarias, alguna como la de Las Palmas en fase de renovación, debería estar cerca de los 160 millones de euros.
En la carta remitida este jueves al Ministerio de Industria y Turismo, Morales recuerda que el régimen de suspensión y control de las inversiones extranjeras directas es jurídicamente legítimo, de carácter excepcional y finalista, y sometido a estrictos límites materiales y procedimentales. Subraya que la ampliación de este mecanismo tras la crisis del COVID-19, su posterior consolidación y su prórroga hasta 2026 responden a una lógica clara de protección de sectores estratégicos, entre ellos las infraestructuras críticas, el suministro de insumos esenciales, el acceso a información estratégica y los medios de comunicación.
Infraestructura crítica para Bruselas
El presidente del Cabildo pone el foco de manera especial en la relevancia del Puerto de La Luz y de Las Palmas, que considera una infraestructura decisiva para el progreso social y económico de Gran Canaria. En este contexto, advierte de la creciente preocupación institucional ante las estrategias expansionistas de Marruecos en el ámbito portuario, especialmente tras el impulso al desarrollo del puerto de Dajla, que ya había sido objeto de alertas previas por parte del propio Morales.
En su escrito, el mandatario insular llega a señalar que la denominada “visión atlántica” de Marruecos, junto a sus reivindicaciones históricas sobre las aguas canarias, los recursos minerales y la seguridad aérea en el entorno del Sáhara Occidental, genera inquietud en la Corporación insular, al tratarse de factores con potencial impacto geopolítico y económico sobre Canarias.
Desde el punto de vista jurídico, Morales sostiene que la operación encaja en los supuestos contemplados en la Ley 19/2003, de régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, desarrollada por el Real Decreto 571/2023, al tratarse de una inversión extranjera directa protagonizada por una empresa con mayoría de capital público perteneciente a un Estado tercero. En este sentido, recuerda que Marsa Maroc cuenta con un 25% de participación directa del Estado marroquí y que su principal accionista, Tánger Med —con otro 35%—, está vinculado al fondo Hassan II para el desarrollo económico.
De entrada, no
La operación se articularía a través de Marsa Maroc International Logistics, filial íntegramente participada por Marsa Maroc y responsable de su expansión internacional. De culminarse la adquisición, esta sociedad pasaría a superar ampliamente el umbral del 10% del capital social de Boluda Corporación Marítima que la ley fija para considerar una inversión como extranjera directa sujeta al régimen de suspensión de la liberalización.
Además, Morales solicita al Ministerio que examine si la operación incurre también en los supuestos recogidos en el artículo 7 bis de la Ley 19/2003, dado que afecta a infraestructuras críticas —como el Puerto de La Luz y de Las Palmas— y a una empresa que opera en sectores considerados estratégicos, vinculados al suministro de hidrocarburos, servicios esenciales de conectividad, materias primas y seguridad alimentaria.
El presidente del Cabildo concluye su petición recordando que, si bien la libertad de movimientos de capitales constituye un principio rector del Derecho de la Unión Europea y del ordenamiento interno, este no tiene carácter absoluto. El propio marco jurídico comunitario prevé limitaciones justificadas cuando concurren razones de interés general, seguridad y protección de sectores estratégicos, supuestos que, a su juicio, concurren de forma clara en esta operación.
Noticia escrita por José L. Jiménez. Editado y verificado por Pedro Marrero. Información cruzada sin filtros institucionales. Este análisis no ha sido financiado por publicidad oficial ni condicionado por intereses de lobby.










