
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha asestado un vuelco regulatorio definitivo a la gestión de riesgos en el dominio público portuario del archipiélago. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha revocado íntegramente la sentencia de primera instancia que eximía a la consignataria Cargo Lanzarote del abono de los costes de rescate, declarando conforme a derecho la reclamación de 7,15 millones de euros formulada por el ente público Puertos Canarios. El fallo pone fin a ocho años de litigio derivado del hundimiento de la flota de gabarras, pontonas y remolcadores de la armadora coreana K-Marine durante el temporal Emma en febrero de 2018.
La resolución judicial desmantela la doctrina de la prescripción civil que la defensa de la consignataria mercantil había hecho valer en los tribunales ordinarios. El TSJC dictamina que la reclamación económica no responde a una responsabilidad extracontractual común sujeta al plazo de caducidad de un año del Código Civil, sino a una obligación legal estricta emanada de la Ley de Puertos de Canarias. Esta distinción conceptual blinda la potestad del ejecutivo autonómico para repercutir de forma directa los gastos de remoción de restos flotantes, descontaminación por hidrocarburos y reparación de las infraestructuras portuarias dañadas en Fuerteventura.
La Sala fundamenta la exigencia de la penalización financiera en la desatención de los requerimientos preventivos emitidos por la autoridad portuaria antes del impacto de la borrasca. La sentencia acredita que los operadores de los buques ignoraron las órdenes expresas de reforzar las líneas de amarre y asegurar la flotabilidad de las plataformas destinadas a contratas de obras en el litoral de África Occidental. Al desatender la alerta meteorológica pública, el tribunal desestima la concurrencia de fuerza mayor alegada por la consignataria, determinando que los efectos del temporal eran previsibles y mitigables mediante una diligencia técnica mínima.
La factura pública de la catástrofe de Gran Tarajal abarca los costes de los trabajos de ingeniería pesada y biorremediación bacteriana que las agencias canarias asumieron de forma subsidiaria ante la inacción de la naviera asiática. Las labores de fragmentación de los cascos sumergidos requirieron la contratación de firmas especializadas en corte con hilo de diamante, en un entorno condicionado por vertidos de gasoil que forzaron el cierre de las tomas de agua potable de la localidad costera. Con la imposición de las costas procesales a la empresa actora, la jurisprudencia canaria fija un precedente vinculante en el Atlántico: las agencias consignatarias retienen la responsabilidad solidaria y financiera de las operaciones comerciales de las flotas extranjeras integradas en sus registros de consignación.










