
Nuevo convenio colectivo de la empresa Remolcadores y Barcazas de Tenerife, S.A. (Rebate, S.A.), de Bolusa. El acuerdo, suscrito entre la dirección de la armadora y la representación sindical de derechas Coordinadora, fija la estructura sociolaboral y el marco retributivo de los tripulantes asignados a los remolcadores que operan en las dársenas del puerto de Santa Cruz de Tenerife y el puerto de Granadilla para el sexenio comprendido entre 2026 y 2031.
El documento establece la vigencia del marco salarial con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026. La arquitectura de salarios del pacto consagra una escalonada jerarquización salarial por grupos profesionales, donde la responsabilidad técnica del mando de la nave marca una clara distancia respecto a las escalas operativas subalternas. La horquilla salarial entre la cúspide de la flota y el personal de cubierta se encauza a través del denominado Plus Garantizado de Actividad, abonado en once mensualidades para retribuir la jornada efectuada mediante guardias de 24 horas consecutivas seguidas de 48 horas de descanso.
En el peldaño superior de la escala retributiva se posicionan los titulados de puente. La categoría de Patrón Mayor de Cabotaje o Patrón de Altura percibe un Plus Garantizado de Actividad mensual de 1.561,59 euros, seguida por el Patrón de Cabotaje o Patrón de Litoral, con 1.536,68 euros al mes. En el ámbito de las máquinas, el Mecánico Naval Mayor o Maquinista Mayor Naval devenga 1.474,11 euros mensuales por este concepto, mientras la escala de Mecánico Naval de Primera Clase percibe 1.449,08 euros. La base de la horquilla la ocupan los Marineros de Puente y Máquinas, cuyo Plus Garantizado de Actividad queda fijado en 1.249,09 euros mensuales, lo que supone una diferencia fija mensual de 312,50 euros entre el mando del barco y el personal auxiliar.
El esquema de pluses por disponibilidad y localización fuera de turno acentúa la escala salarial entre las distintas categorías tinerfeñas. El convenio estipula una compensación anual por disponibilidad digital de 1.430 euros prorrateados para las figuras de Patrón Mayor de Cabotaje y Mecánico Naval Mayor. Esta cifra contrasta con la asignación destinada al Marinero de Puente y Máquinas, fijada en 674,01 euros anuales, importe que representa menos de la mitad de la retribución asignada a las jefaturas de la embarcación.
Diferencias retributivas similares se aprecian en el complemento percibido durante el periodo de descanso anual. En la nómina correspondiente al mes de vacaciones, el Patrón Mayor de Cabotaje o Patrón de Altura percibe un plus específico de 832,54 euros. Por su parte, el Mecánico Naval Mayor devenga 747,94 euros, descendiendo el Plus de Vacaciones hasta los 530,32 euros en el caso del Marinero de Puente y Máquinas.
Las percepciones vinculadas a operaciones extraordinarias fuera del recinto portuario equiparan a los mandos técnicos pero mantienen la brecha con la marinería. Para las salidas a la mar superiores a doce horas, los patrones devengan un extra de 299,33 euros por cada 24 horas, importe equivalente a los 299,38 euros fijados para los mecánicos navales. Las categorías de marinería perciben por este mismo concepto 258,99 euros diarios. En salidas inferiores a doce horas, la tarifa horaria se establece en 19,38 euros para titulados y en 16,70 euros para el personal subalterno.
La estructura de la nómina se completa con percepciones lineales para toda la plantilla, entre las que destaca la ayuda de comedor de 197,05 euros mensuales por trabajador en activo. El texto ratifica la renuncia de los tripulantes a liquidaciones por derechos de auxilio, salvamento o remolque marítimo, al quedar englobados en el salario base y el plus de embarque. Para el periodo 2027-2031, la masa salarial se revisará anualmente según el valor más alto entre el IPC nacional o canario registrado en los doce meses anteriores, adicionando un incremento del 0,5% anual.










