Las instalaciones logísticas de Domingo Alonso Logistic Services y la operativa de la Autoterminal del Puerto de Las Palmas han sido el escenario de un dilatado litigio laboral que ha concluido en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. La sentencia ratifica la procedencia del despido disciplinario de un coordinador de operaciones tras quedar acreditada una cadena de abusos de poder, vejaciones continuadas a subordinados y el uso de la plantilla para negocios privados en su tiempo libre.
Uno de los desencadenantes del expediente sancionador ocurrió a inicios de julio de 2024 en el Polígono Industrial de Arinaga. Al exigir a un operario la realización de un curso obligatorio de prevención de riesgos laborales antes de incorporarse a la Autoterminal del Puerto de Las Palmas, el mando intermedio amenazó con el despido al trabajador cuando este alegó no disponer de ordenador en su domicilio. El supervisor recriminó al empleado sugiriendo de forma intimidatoria que debía acudir a un cibercafé en la playa de Las Canteras para completar la formación en su tiempo libre o que la empresa podría obligarle a comprar un equipo.
La investigación interna de Recursos Humanos, iniciada tras la denuncia conjunta de tres empleados, sacó a la luz un patrón recurrente de faltas de respeto y humillaciones públicas. El coordinador solía dirigirse a los trabajadores con insultos, burlas sobre el físico o la pareja de los miembros del equipo y comentarios despectivos sobre sus edades o bajas médicas. En un episodio presenciado por la plantilla, llegó a colocarse en la frente una flor artificial de adorno de la oficina para ridiculizar el peinado de un compañero, afirmando que el personal de limpieza podía usar su cabello para fregar el suelo.
El expediente judicial detalla además cómo el supervisor aprovechaba su ascendencia jerárquica para lucrarse en el ámbito privado. Durante los fines de semana y fuera de la jornada laboral, contrataba a sus propios subordinados para realizar reformas domésticas y trabajos de pintura en casas. Tras la ejecución de estas tareas particulares, el coordinador incumplía los pagos acordados y amenazaba a los operarios con represalias directas sobre su puesto de trabajo en la filial logística si intentaban reclamar el dinero adeudado.
Frente al despido, el trabajador alegó en su recurso que la decisión extintiva constituía una venganza encubierta por un grave accidente de tráfico laboral sufrido en la campa de Arinaga en marzo de 2020, en el que fue atropellado por un vehículo marcha atrás debido a la falta de señalización peatonal. Los magistrados han descartado cualquier tipo de represalia o vulneración de derechos fundamentales, subrayando la clara desconexión temporal y confirmando que la gravedad y culpabilidad de sus actos justifican plenamente la máxima sanción disciplinaria.










