
La Autoridad Portuaria de Las Palmas afronta una marejada institucional que amenaza con desarticular la fachada de su compromiso con la integridad promovido por Luis Ibarra (PSOE) y desarrollado por su sucesora, Beatriz Calzada (CC), desde su llegada un verano de hace tres años. El origen de la tensión radica en el proceso selectivo convocado para cubrir la Jefatura de Auditoría y Control Interno, un departamento clave para la fiscalización administrativa. La admisión en la lista definitiva de una candidatura vinculada por lazos de parentesco con el director del organismo, Francisco Trujillo, ha activado todas las alarmas en la comunidad portuaria, subrayando que el cortafuegos diseñado para evitar interferencias éticas puede quedar inoperativo en el vértice de la entidad. El coste reputacional es considerable para Calzada a menos de un año para las elecciones regionales. Como el código ético fue aprobado en 2023 por el consejo de administración, depende de su criterio pedir explicaciones o instar a la depuración de responsabilidades a Calzada. Artículo 10: «Este Código Ético entrará en vigor a partir de su aprobación por el Consejo de Administración, siendo de obligado cumplimiento a partir de ese momento».
Compliance
El Código Ético de Puertos de Las Palmas señala que: «Dado que la actividad de cónyuges y personas con análoga relación de afectividad, familiares o amigos puede dar lugar también a situaciones de conflicto de interés, es importante que comuniquemos oportunamente cualquier circunstancia que pudiere derivar en tal situación. (…) Debemos ser ejemplo de integridad, para lo que informaremos a nuestro superior jerárquico, de cualquier situación en la que nuestra independencia, objetividad o neutralidad pudiera ser cuestionada, de cara a proteger también la neutralidad y la imparcialidad de la propia Autoridad Portuaria«. E incide: «Especialmente, esta actuación objetiva deberá impregnar la actividad profesional que despleguemos sobre los procedimientos de acceso y promoción de puestos de trabajo, de contratación pública, o de cumplimiento de cualquier exigencia legal, que esté imbuida por el principio de publicidad y libre
concurrencia, así como por la salvaguarda de la imparcialidad en el ejercicio de nuestras funciones».
El apartado 9 del Código Ético de la Autoridad Portuaria crea la figura del Gestor Ético para canalizar dudas, investigar denuncias por posibles vulneraciones y garantizar la protección de los denunciantes frente a represalias. No se sabe quién ocupa esas funciones o es un puesto opaco porque no consta en el apartado de transparencia quién tiene esas responsabilidades y a quien reportaría. Hay un código ético para proveedores que fue firmado por Francisco Trujillo el 8 de marzo de 2023 a las 08:57 de la mañana de esa fecha. Sí existe un protocolo de actuación para la gestión de informaciones que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que se hizo bajo la presidencia de Luis Ibarra.
El riesgo de impugnación y la erosión reputacional
El artículo 9.2 del código habilita un buzón confidencial en la sede electrónica y obliga a los superiores jerárquicos a remitir «de manera inmediata» al Gestor Ético cualquier posible vulneración del principio de neutralidad. En la documentación administrativa y pública disponible no constan alegaciones ni dictámenes emitidos por el órgano de control respecto a la presencia del familiar del director en el proceso. La falta de activación de este protocolo expone cómo las herramientas de compliance corporativo quedan en suspenso cuando el riesgo salpica a la alta dirección.
El escenario choca directamente con los principios del sector público. El artículo 3 de la Ley 3/2015 del ejercicio del alto cargo exige la actuación bajo los principios de «integridad: actuarán con la debida diligencia y sin incurrir en riesgo de conflictos de intereses» y «objetividad: adoptarán sus decisiones al margen de cualquier factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares«. El principio de transparencia queda deslucido por el silencio oficial de la Autoridad Portuaria, que rehusó ofrecer explicaciones tras ser requerida por CanaryMaritime.
La cúpula de la Autoridad Portuaria ha quedado atrapada en un callejón sin salida. Mantener el curso del procedimiento hasta la adjudicación final otorga a los aspirantes excluidos una base jurídica sólida para impugnar la resolución ante la jurisdicción contencioso-administrativa, alegando la presunta vulneración de los principios de imparcialidad y libre concurrencia que el propio Código Ético de la Autoridad Portuaria de Las Palmas promete salvaguardar y se autoimpone.










